Assistan® SC
Herbicida

Assistan® SC

Herbicida de preemergencia y postemergencia precoz, para el control de diversas malas hierbas gramíneas y dicotiledóneas en numerosos cultivos e Inhibición de brotes axilares en Tabaco

Pertenece a la familia química de las dinitroanilinas. Interrumpe la polimerización proteínica que da lugar a la formación de los microtúbulos, imposibilitando la división celular. (Grupo HRAC: K1).

Assistan® SC es bien absorbida por las raíces de las plántulas durante la germinación y también por el follaje. Las plantas afectadas mueren rápidamente después de la germinación o a continuación de la emergencia. No impide la germinación per se. La absorción por los brotes es el factor más importante en el control de las especies de hoja ancha.
Su actividad herbicida residual es de unos 3-4 meses.


Características

Nº de Registro: 25.551
Presentación: 5 L
Composición: Pendimetalina 40% p/v
Formulación: Suspension Concentrada [SC]
Clasificación: --
Uds./Embalaje: 4x5 L

Usos autorizados

Cultivo Problema Dosis PS días
Alcachofa, Apio, Berenjena, Brócoli, Cártamo, Cebolla siembra directa, Cebolla trasplante, Cebolleta, Cebollino, Chalote, Coles de Bruselas, Coliflor, Colza, Puerro, Repollo, Tomate Malas Hierbas Anuales 2,5-4 L/ha NP
Ajo, Algodón, Almendro, Altramuz, Avellano, Boniato, Caqui, Castaño, Cebada, Cítricos, Fresa, Frutales de hoja caduca, Frutales de hueso, Frutales de pepita, Garbanzo, Girasol, Guisante, Guisante verde, Haba verde, Habas para grano, Judía para grano, Judía verde, Leguminosas forrajeras, Lentejas, Maíz, Mijo, Nogal, Patata, Pimiento, Pino piñoñero, Pistacho, Soja, Sorgo, Trigo, Vid Malas Hierbas Anuales 3-5 L/ha NP
Tabaco Inhibición de brotes axilares 10 cc/L 21

Recomendaciones de uso

Aplicar al aire libre mediante pulverización al suelo a baja presión a las dosis especificadas en preemergencia o post-emergencia precoz y con un volumen de caldo comprendido entre los 200-600 L/ha. Se recomienda utilizar la dosis más alta en suelos con alto contenido en materia orgánica o arcilla y las dosis más bajas en suelos ligeros.
Realizar una sola aplicación por campaña y después de la aplicación, el producto debe ser incorporado al suelo por el riego, lluvia o de forma mecánica.

No autorizado para uso doméstico, jardinería exterior doméstica ni para uso profesional en lugares destinados al público en general en cumplimiento con los artículos 48.1 y 49.4 del Real Decreto 1311/2012 de 14 de septiembre por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de productos fitosanitarios.

Con respecto a los usos menores autorizados frutales de cáscara (almendro, avellano, castaño, nogal, nuez del Pecán, pino piñonero y pistachero) y otros frutales de hoja caduca (Berthotellia excelsa (nuez del Brasil)), caqui, puerro, chalote, cebolleta, cebollino, colza, cártamo, coles de Bruselas, judías verdes, habas verdes (con y sin vaina), habas para grano, guisantes verdes (incluye guisantes secos y guisantes con vaina), garbanzos (incluye garbanzos verdes), lentejas (incluye lentejas verdes), altramuces (incluye altramuces verdes), leguminosas forrajeras (alverja, yeros, veza, haba forrajera, trébol, soja, guisante, altramuz, almorta, esparceta y zulla), boniato, mijo, sorgo y berenjena la responsabilidad en relación con los fallos de eficacia o con la fitotoxicidad del producto para el que se haya concedido el uso menor recaerá sobre la persona que utilice el producto fitosanitario tal y como se establece en el tercer párrafo del artículo 51.5 del Reglamento (CE) 1107/2009.